Decreto 470 de 2020 | 24 de marzo de 2020

Objetivo: Permitir que el Plan de Alimentación Escolar se reciba en casa durante el tiempo de la declaratoria del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.

Aspectos Principales: 

1. Bajo los lineamientos de la Unidad Administrativa Especial de Alimentación Escolar – Alimentos para Aprender, las entidades territoriales deberán garantizar que los niños, niñas y adolescentes matriculados en el sector oficial reciban el PAE para su consumo en casa.

2. Habilita la distribución de una suma residual del Sistema General de Participaciones, no solo a los municipios y distritos, sino también a los departamentos, de acuerdo con el indicador de pobreza certificado por el DANE.

3. Habilita el giro de los recursos de calidad de Educación del Sistema General de Participaciones, no solo a los municipios y distritos, sino también a los departamentos.

Las modificaciones a la Ley 715 de 2001, solo tendrán vigencia durante la declaratoria del Estado de Emergencia.

Ver Decreto 470

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