Objetivo: Por el cual se reglamenta el Decreto Legislativo 487 del 27 de marzo de 2020 “Por el cual se dictan medidas especiales relacionadas con el sector Justicia y del Derecho en materia de extradición, con ocasión del “estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica” declarada en todo el territorio nacional, derivada de la Pandemia COVID-19.
Aspectos Principales:
Se prorroga hasta la finalización de la Emergencia Sanitaria decretada por el Ministerio de Salud y Protección Social, la suspensión de los términos del trámite de extradición previstos en la Ley 600 de 2000 y en la Ley 906 de 2004 y demás normas previstas en el ordenamiento jurídico, sin embargo, no cobijará los términos establecidos en el artículo 484 de la Ley 906 de 2000; ni la facultad para cancelar las órdenes de captura y decretar libertades cuando éstas se generen por desistimiento del pedido de extradición, o con ocasión del concepto desfavorable que emite la Corte Suprema de Justicia, o con ocasión al reconocimiento de la condición de refugiado, o a la revocatoria de la decisión que conceda la extradición.